Miguel Angel Marqués Lafuente. Axio abogados .
En una sentencia de gran relevancia, el Tribunal Supremo ha fijado el plazo de prescripción para reclamar la restitución de los pagos en exceso realizados por clientes de tarjetas revolving con intereses usurarios. Esta decisión marca un punto de inflexión en la protección de los consumidores y en el ejercicio de sus derechos frente a entidades bancarias. Como abogado especializado en derecho bancario en Zaragoza, en Axio Abogados analizamos esta resolución y explicamos sus implicaciones para los afectados.
Nulidad del contrato vs. acción de restitución: claves de la sentencia
El Tribunal Supremo ha recordado en su fallo que existen dos acciones diferenciadas en estos casos:
- La acción de nulidad del contrato, que no caduca ni prescribe si se trata de una nulidad absoluta, como ocurre en los contratos declarados usurarios.
- La acción de restitución de las cantidades pagadas en exceso, que es de naturaleza personal y está sujeta a un plazo de prescripción.
Esta última acción es la que ha sido objeto de debate en la casación, ya que debía determinarse si efectivamente prescribía y cuál era el momento desde el que debía computarse el plazo de prescripción.
El plazo de prescripción según el Tribunal Supremo
La sentencia establece que la acción de restitución de lo pagado en exceso en un crédito usurario sí está sujeta a prescripción. En virtud del artículo 1964 del Código Civil, antes de octubre de 2015 el plazo era de 15 años, pero actualmente es de 5 años.
Además, se precisa que el inicio del cómputo del plazo de prescripción se determina desde cada pago mensual realizado en exceso, ya que se trata de un crédito revolving en el que las cantidades pagadas en exceso se van acumulando con cada nueva cuota.
El Tribunal Supremo también ha considerado la suspensión de plazos de prescripción acordada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, debido a la crisis sanitaria del COVID-19. Por ello, el plazo en este caso se amplía en 82 días adicionales.
¿Cómo afecta esta sentencia a los afectados por tarjetas revolving?
Para los consumidores que han contratado una tarjeta revolving con intereses usurarios, esta sentencia del Tribunal Supremo implica lo siguiente:
- La nulidad del contrato puede reclamarse en cualquier momento, ya que no prescribe.
- La devolución de los intereses abusivos pagados en exceso solo podrá reclamarse dentro del plazo de 5 años desde la fecha de cada pago indebido.
- Si un usuario aún está pagando cuotas, puede reclamar los intereses usurarios de los últimos 5 años.
Pasos para reclamar la devolución del dinero pagado de más
Si tienes una tarjeta revolving y consideras que has pagado intereses abusivos, es fundamental que actúes cuanto antes. Aquí te explicamos cómo proceder:
- Consulta tu contrato: Verifica la TAE aplicada y compárala con las referencias establecidas por el Banco de España.
- Contacta con un abogado experto en tarjetas revolving en Zaragoza: En Axio Abogados, analizamos tu caso y determinamos la viabilidad de la reclamación.
- Presenta una reclamación extrajudicial: Antes de acudir a los tribunales, se recomienda enviar una reclamación formal a la entidad financiera.
- Demanda judicial si es necesario: Si el banco no accede a la devolución, la vía judicial es el siguiente paso para reclamar lo pagado de más.
Axio Abogados: expertos en reclamaciones de tarjetas revolving en Zaragoza
Si tienes una tarjeta revolving y crees que has pagado intereses abusivos, ahora es el momento de reclamar. Con la nueva sentencia del Tribunal Supremo, dispones de un plazo de 5 años desde cada pago en exceso para exigir su devolución.
En Axio Abogados, despacho de abogados en Zaragoza, somos especialistas en derecho bancario y en la defensa de consumidores frente a prácticas abusivas de las entidades financieras. Ofrecemos una primera consulta gratuita para evaluar tu caso y asesorarte sobre los pasos a seguir.
No dejes pasar esta oportunidad para recuperar tu dinero. Contacta con Axio Abogados hoy mismo y protege tus derechos.