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Con el fin de evitar la desaparición de pequeñas y medianas empresas que eran rentables y viables antes del coronavirus, el Gobierno ha aprobado un conjunto de medidas cuyo objetivo es proteger el capital de aquéllas, tratando de evitar en las circunstancias actuales el riesgo de desaparición por las dificultades que atraviesan para hacer frente al pago de sus deudas.

Este Real Decreto ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 18 de noviembre de 2020, incluye la autorización de prórrogas para los avales ICO, moratorias para las declaraciones de concursos, y más tiempo para poder celebrar juntas telemáticas sin constancia estatutaria; incentiva la participación en mercados de financiación alternativa y protege, aún más, a los sectores estratégicos nacionales.

Avales ICO

Los beneficiarios de créditos avalados por el ICO dispondrán de tres años más para devolverlos.

El Real Decreto ley 34/2020 incluye la ampliación de los préstamos ICO y la posibilidad de prolongar el vencimiento y la carencia para los deudores.

El plazo máximo de vencimiento se ampliará tres años, con un límite de ocho, y se añadirá un año adicional de carencia en los pagos, hasta un total de dos ejercicios.

Las entidades financieras deberán garantizar que no se produzcan incrementos injustificados en los tipos de interés, ni se exija la contratación de productos vinculados.

Asimismo, se prevé una rebaja de hasta el 50% de los aranceles notariales y registrales correspondientes a las operaciones relativas a la extensión de los plazos.

Concursos

Con el objetivo de evitar una oleada de concursos a partir del próximo 1 de enero de 2021, las empresas no estarán obligadas a solicitar el concurso voluntario hasta el 14 de marzo, ni los acreedores podrán instarlo antes de esa fecha.

Además, los tribunales deberán suspender hasta el 31 de enero los incidentes por incumplimiento de convenios de resolución de deudas vinculados a concursos de acreedores previos, si esos incumplimientos de obligaciones de pago tienen que ver con dificultades derivadas de la pandemia.

En el caso de que se hubieran empezado a tramitar solicitudes de incumplimiento entre el 31 de octubre (límite temporal anterior) y el 19 de noviembre, el juez deberá suspender su tramitación.

El Banco de España ya ha alertado que, a falta de prórrogas, a partir de enero se produciría un “repunte significativo” de las solicitudes de concursos necesarios a instancia de los acreedores.

Inversiones extranjeras

A partir de ahora y hasta el próximo 30 de junio de 2021, el Gobierno suspenderá las operaciones de inversiones extranjeras cuando el inversor, extracomunitario o también comunitario, pase a ostentar una participación igual o superior al 10% del capital social de una sociedad española que opere en un sector estratégico, o cuando debido a la operación societaria, acto o negocio jurídico, se tome el control de la misma. Para el supuesto de inversiones de origen extracomunitario, el control previo se mantiene indefinidamente.

Financiación Alternativa

Se eleva de 500 a 1.000 millones de euros el umbral de capitalización recogido en la Ley del Mercado de Valores a partir del cual una empresa está obligada a solicitar que la negociación de sus acciones pase de realizarse exclusivamente en un mercado de Pyme en expansión a hacerlo en un mercado regulatorio. De este modo se incentiva el desarrollo de los mercados de financiación alternativa.

Juntas generales

Se amplía el plazo de vigencia durante el ejercicio 2021 para que las juntas generales o las asambleas de socios puedan celebrarse por medios electrónicos, cuando no esté previsto en sus estatutos.

Se mantiene el requisito de que el secretario reconozca la identidad de los socios o asociados, y así lo exprese en el acta y, en el caso de las sociedades anónimas cotizadas, se continúa permitiendo la celebración de la junta general en cualquier lugar del territorio nacional. Igualmente, y por las mismas razones, se prorroga, para el año 2021, la posibilidad de celebrar por medios telemáticos las reuniones del patronato de las fundaciones.

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