La sentencia del Tribunal Supremo que califica de usurarios los tipos de interés aplicados por la banca en las tarjetas revolving abre la puerta a una nueva oleada de demandas contra el sector. El Alto Tribunal desestimó el recurso presentado por Wizink al estimar que el tipo de interés cobrado al consumidor en sus tarjetas, de hasta el 27,24% TAE, es excesivo de acuerdo a la Ley de Represión de la Usura de 1908. Esta sentencia abre la puerta a que la mayoría de entidades que comercializan estos productos deban enfrentarse a múltiples litigios en los que el fallo del Supremo beneficiará al consumidor.
Sin embargo, a los pocos días de publicarse la sentencia, el pasado 4 de marzo de 2020, desde Axio Abogados estamos comprobando como muchos de nuestros clientes están recibiendo propuestas “trampa” de los bancos con el único fin de evitar esta oleada de demandas.
Así, CaixaBank se ha dirigido a algunos de sus clientes para ofrecerles una rebaja del tipo de interés aplicado por sus tarjetas revolving –del 26% al 19,99%– y la devolución del interés abonado hasta ahora por encima del 20% –el tipo medio de los créditos asociados a tarjetas, según los datos del Banco de España, que el Supremo aplica como indicador de referencia en su sentencia– siempre que estos renuncien a litigar contra la entidad. Asimismo, Wizink ha recortado la TAE de sus tarjetas al entorno del 20%.
Sobre este tipo de acuerdos “trampa”, recordemos que el Tribunal Supremo, en su sentencia de 11 de abril de 2018, consideró que la inclusión de la expresión manuscrita contenida en numerosos préstamos y acuerdos novatorios del conocimiento -en ese caso- de la cláusula suelo, supone un indicio del conocimiento por parte del consumidor de la existencia de la dicha cláusula mediante el que se entiende válidamente celebrado el acuerdo, lo que a la postre supone que nunca podrá reclamar la nulidad de su contrato de tarjeta ni la devolución de los importes abonados indebidamente como consecuencia de los intereses abusivos.
Desde nuestro despacho aconsejamos, en primer lugar, revisar detenidamente las condiciones de estas tarjetas independientemente del resultado de la sentencia. Es probable que los bancos, aprovechando la crisis económica que traerá consigo la epidemia del coronovarius, insistan en llamar a las puertas de muchos clientes afectados por un recorte de los ingresos como consecuencia de los despidos masivos, para ofrecerles una mejora de la financiación en estos productos a cambio de renunciar al cobro de todos los intereses abonados hasta la fecha -intereses que, a la vista de los asuntos ganados por nuestro despacho, llegan a suponer un importe igual al de las compras o disposiciones realizadas con la tarjeta-.
Previsiblemente, una vez se levante el estado de alarma actual, asistiremos a un aumento notable de la oferta de créditos y préstamos. Por tanto, es conveniente tener claro cuál es la mejor forma de proceder para no caer en una deuda infinita como ocurre en muchos casos al usar las tarjetas revolving.
Desde Axio Abogados podemos asesorarle, de manera gratuita, ante de tomar cualquier decisión o firmar ningún acuerdo, buscando la mejor solución para su caso concreto sin ningún tipo de coste ni compromiso, en el teléfono 976 227 435 o a través del formulario de nuestra web (axioabogados.com)